El 5 de julio de 1777, el Teniente de Gobernador Don Melchor de
Echagüe y Andia, en los autos seguidos por doña María Francisca Arias de
Cabrera de Larramendi, como heredera de don Francisco Arias de Cabrera y
Saavedra, reclamando la propiedad de todo el territorio comprendido entre el
río Las Conchas y el arroyo de la Ensenada, en la otra banda del Río Paraná,
tomando este su frente y los fondos hasta el río Uruguay, dispone se realicen
las diligencias de mensura y toma de posesión de dichos campos, designando a
tal efecto a don Pedro de Mendizábal y al piloto agrimensor don José Sourriere
de Souillac para llevar a cabo dicha diligencia. El 11 de agosto del mismo año,
cuando los comisionados prentenden iniciar la mensura en el arroyo de la
Ensenada, se hace presente el Capitán Domingo de los Ríos, junto con los
hombres que formaban parte de la Compañía del Espinillo, y al tomar conocimiento
de la tarea que debían realizar, les solicitó que se les hiciera conocer la providencia. Dado que
ellos eran “pobladores antiquísimos en el referido Partido” preguntó porqué no habían sido notificados sobre tal resolución; y les comunicó que si
querían seguir con dicha diligencia debían informarle sobre todos los
documentos que obraban en su poder para poder apelar la medida. Ante tal
requerimiento, los comisionados decidieron volver al poblado de la Bajada. Al
día siguiente, con la presencia del Alcalde de la Santa Hermandad don Sebastián
de Aguirre, se citó a la Compañía del Espinillo, treinta vecinos y pobladores del
Espinillo y los dos capitanes de la zona, don Domingo de los Ríos y don
Silvestre Salinas, a fin de notificarles el decreto y la tarea encomendada. El
Capitán Domingo de los Ríos respondió que “le diese el tanto de los referidos
documentos que les acababa de leer y que después podía salir a el Amojonamiento
de dicho terreno”, a lo cual accedieron los comisionados y pudieron proseguir
con su tarea.[1]
En 1793, don José Teodoro Larramendi solicita al Sub Delegado de la
Real Hacienda que declare la nulidad de la venta efectuada por la Junta de
Temporalidades a don Domingo de los Ríos de un terreno que inicialmente había
sido vendido a Don Juan Broin de Osuna el 1 de septiembre de 1774 como parte de
las tierras confiscadas a los jesuitas, propiedad que posteriormente fuera
vendida a don Domingo de los Ríos, con intervención de la Junta de
Temporalidades el 4 de mayo de 1787. El reclamo de don José Teodoro Larramendi
se basaba en el hecho de que dichas tierras no pertenecían a los jesuitas sino
formaban parte de las tierras que sus antepasados habían canjeado con los
jesuitas. El proceso duró alrededor de diez años, y una vez verificado lo
manifestado por don José Teodoro Larramendi, se dispuso que le fueran abonados
a éste las cifras pagadas inicialmente por don Domingo de los Ríos y las rentas
abonadas con posterioridad a la Junta de Temporalidades, las cuales, según el
documento, fueron abonadas por don Juan de los Ríos. El pleito concluyó el 6 de
septiembre de 1804, al percibir don José Teodoro Larramendi los montos
correspondientes a dichos conceptos.[1]
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